Colectivos de buzos profesionales debaten en las últimas semanas sobre posibles casos de intrusismo profesional, en defensa de su profesión y de los intereses de la industria. Diferentes redes sociales y foros de participación donde los profesionales del sector comparten sus preocupaciones, recogen en las últimas semanas comentarios sobre las jornadas delimpieza de fondos marinos. (Ir a la Noticia de Origen)
Arturo Pichel, Especialista en Medicina Subacuática e Hiperbárica
Existe un gran número de contradicciones e incongruencias en este tipo de iniciativas ecológicas, ya sean de índole legal, médica o de responsabilidad civil.
En primer lugar, desde un punto de vista legal o de normativa, el tema no deja lugar a dudas. Los buceadores deportivos no pueden realizar inmersiones en el interior de puertos o dársenas. Además, no pueden extraer ningún objeto del fondo, con la excepción de la pesca deportiva, en la que pueden extraer sus capturas.
Soy buzo profesional y aunque no he participado nunca en estas iniciativas, siempre que he bajado a bucear en deportivo he subido, como muchos buceadores, con alguna lata o resto de basura en el chaleco. Esto es algo habitual para todos los que amamos el mar.
Podría empezar esta reflexión por la “Orden ministerial del 14 de octubre de 1997 Art.1 anexo1” donde claramente diferencia las competencias de un buceador profesional de uno recreativo.
Miguel Monforte, buzo profesional y empresario (España)
Cualquier actividad subacuática es una actividad de riesgo. Es por ello que las actividades subacuáticas, tanto el buceo profesional como el recreativo, están reguladas desde el 14 de octubre 1997 por una única Orden Ministerial que establece las mínimas normas de seguridad para el ejercicio de las actividades subacuáticas.
Desde el punto de vista de la Prevención de Riesgos Laborales es necesario que estas actividades se realicen bajo el amparo de una relación laboral o incluso mercantil. La dejadez de las administraciones y organismos pertinentes en la limpieza y mantenimiento de las instalaciones de su competencia, es un mal histórico y más cuando no es visible por el ciudadano, aplicando la máxima de “lo que no se ve, no existe”.
Con mucha frecuencia participo en limpiezas submarinas en mar abierto y costas. Da la casualidad que recientemente participé en una limpieza, cuya foto tengo en mi perfil de Facebook. Por ello creo que estoy autorizado a opinar.
Desde hace décadas el voluntariado mide el nivel civismo de una sociedad, es cotidiano ver como otros sectores es muy común la presencia del mismo y a la vez, igual de controvertida su presencia.
La titulación de buceo deportivo no contempla en ningún momento la realización de actividades relacionadas con la limpieza de fondos marinos. Así se recoge en su normativa, que, aunque muchos lo desconozcan, la tiene.
Las leyes que regulan este tipo de acciones son amplias y complejas porque además parten de diferentes Administraciones.
En una de éstas, la Ley 45/2015 sobre voluntariado, dice en su preámbulo: “Por otra parte, la Ley impide que la acción voluntaria organizada sea causa justificativa de la extinción de contratos de trabajo por cuenta ajena tanto en el sector público como en el privado….