El SAME se acoge al Real Decreto para recomendar el cese total de la actividad de buceo profesional

Buzo profesional en España (Luis Torcida). Foto de archivo

 

El Sindicato de Actividades Marítimas del Estado Español (SAME) ha emitido un comunicado a sus afiliados y al resto de trabajadores del sector, donde realiza una serie de recomendaciones.

En el documento define los trabajos y operaciones de buceo sometidas, en su opinión, a la condición de esenciales, tras consultar al detalle el Real Decreto 8/2020, de 17 de marzo, donde se recogen las  medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

En conclusión, el SAME se acoge a la obligación de cese total de la actividad de buceo comercial, salvo casos de emergencia o fuerza mayor que estén autorizados por las autoridades competentes y nunca bajo interpretación de le empresa.

A continuación, SubaQuatica Magazine expone íntegramente el documento emitido por el SAME hace escasos minutos:

Desde este sindicato SAME y ante la excepcional situación en que nos encontramos a causa del avance y propagación pandémica del COVID 19 que ha determinado en primer lugar decretar un estado de EMERGENCIA sanitaria y posteriormente la publicación del RD que anuncia el estado de ALERTA y sus posteriores modificaciones hasta llegar al momento presente de confinamiento obligatorio y cese TOTAL de actividad para todas aquellas empresas y servicios que no sean catalogadas como ESENCIALES

 

PARTE 1

Consideramos

Que el único modo OBJETIVO de proteger a los buceadores y por ende a sus familias ante el contagio del COVID 19 en el desarrollo de su actividad laboral es el CESE TOTAL de todas aquellas operaciones de buceo que no tengan la consideración de ESENCIALES.

Por ello nos vemos también en la necesidad de hacer una exposición de lo que puede ser considerado ESENCIAL en base a criterios razonables y de este modo orientar a los trabajadores ante los previsibles abusos que puedan  llegar a darse durante esta situación excepcional.

Tendrían la consideración de SERVICIO ESENCIAL a criterio de este sindicato y basado en la publicación de la ampliación del estado de alarma además de  orientarnos las respuestas de las instituciones consultadas al respecto, los siguientes tipos de operaciones.

 

 En el Ámbito Marítimo 

-Todas aquellas que sean absolutamente IMPRESCINDIBLES  para garantizar la seguridad de un buque
-Todas aquellas que sean IMPRESCINDIBLES para evitar una catástrofe medioambiental
-Todas aquellas que vayan destinadas a GARANTIZAR la operatividad objetiva de designados como sectores estratégicos.

 

En el Ámbito Industrial

-Todas aquellas que sean necesarias para GARANTIZAR la operatividad funcional de  instalaciones críticas
-Todas aquellas que sean IMPRESCINDIBLES para evitar  episodios catastróficos que impliquen peligro para la población.
-Todas aquellas que sean IMPRESCINDIBLES para evitar un suceso  que derive en catástrofe medioambiental.

Una vez aclarado lo que a nuestro juicio tendría la consideración de servicio esencial queremos manifestar  que para la realización de estos servicios las empresas deberían de nombrar un equipo de retén que permanecería en su domicilio siguiendo la orden de confinamiento mientras no se produzca alguna de las situaciones anteriormente descritas como excepcionales, quedando de manifiesto con ello que dicho RETÉN NUNCA ACUDIRÍA A LAS INSTALACIONES para realizar trabajos como limpieza de las instalaciones o mantenimientos.

 

PARTE 2

CONSIDERACIONES
También desde este sindicato SAME queremos reproducir el documento elaborado por dos profesionales del sector desde el punto de vista de la prevención que nos parece además de aclaratorio, relevante para orientar al personal implicado en estas especiales circunstancias  y sobre lo legalmente exigible en el caso de tener que intervenir como parte de un equipo para realizar un servicio esencial

Puedes pinchar AQUÍ para ver el documento en cuestión sobre Prevención de Riesgos Laborales, publicado por SubaQuatica Magazine el 25 de marzo 

 

PARTE 3 y última

Para finalizar esta nota queremos dejar de manifiesto que a día de hoy, realizar una desinfección y/o limpieza de los equipos, el uso de buconasal Hatliner personal, guantes, mascarillas y otras medidas “recomendadas” por organismos y organizaciones de todo tipo

CARECEN DE GARANTÍA NI SEGURIDAD CIEN X CIEN PARA DECIR QUE NO RESULTAREMOS CONTAGIADOS.

Por lo tanto y ante esta situación nuestra postura es clara y no recomendaremos ningún producto para la asepsia y limpieza de equipos, no incurriremos en ese error que puede derivarse en responsabilidades de diversos tipos.

Por lo tanto nuestra única recomendación para evitar la transmisión y el posible contagio el

CESE TOTAL DE TODA LA ACTIVIDAD DE BUCEO NO ESTRICTA Y OBJETIVAMENTE ESENCIAL

Mario Alfaro  y Luis Torcida

Responsables de la sección de buceo del SAME

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