Las responsabilidades civil y patrimonial son cuestiones de suma importancia para las empresas de trabajos subacuáticos

“Las responsabilidades civil y patrimonial son cuestiones de suma importancia para las empresas de trabajos subacuáticos”

En el 2016 entró en vigor el nuevo baremo de indemnizaciones en casos de accidentes de tráfico el cual es utilizado por jueces y abogados para calcular las cuantías indemnizatorias en casos de fallecimiento o incapacidades graves en cualquier tipo de accidente que incluye los que ocurran en las empresas de trabajos subacuáticos y en donde se pretenda una indemnización por parte de una empresa o particular. Este nuevo baremo aumenta las cantidades a indemnizar de forma drástica siendo los cálculos más comunes de entre 600.000 y 800.000 euros cantidades que podrían ser satisfechas por un asegurador o, en caso de no tener seguro o ser este insuficiente, por la empresa y sus socios o administradores.

Juan Antonio Loredo, Director General de Consultores Segursub

El Código Civil español en su artículo –1911 CC–establece que el deudor tiene el deber de responder en caso de incumplimiento de sus obligaciones de pago con todos sus bienes. En consecuencia, el artículo 1911 del Código Civil establece la responsabilidad patrimonial universal que tiene el deudor sobre sus acreedores, debiendo responder al cumplimiento de sus obligaciones con todos sus bienes tanto presentes como futuros y por tiempo indefinido. Por tanto, aunque el deudor sea insolvente en este momento, su acreedor podrá seguir exigiéndole el pago en el futuro, hasta que sea satisfecho.

Es de suma importancia que los seguros de responsabilidad civil profesional de su empresa o como autónomo de trabajos subacuáticos contemplen el incremento del nuevo baremo de indemnizaciones ya que los sublímites de capital asegurado de 200 o 300 mil euros han quedado totalmente obsoletos y la diferencia con el total de la indemnización dictada en sentencia judicial tendrá que ser aportada por la empresa o en el caso de que se active un procedimiento los socios y directivos.

Juan Antonio Loredo de Izcue
EXPERTO EN SEGUROS
DEL SECTOR SUBACUÁTICO

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