Los buzos acuícolas también desaprueban el Real Decreto

Buzos acuícolas con equipos de SDS en una explotación de cobias en Panamá – Brian Skerry

 

LOS BUZOS ACUÍCOLAS TAMBIÉN DESAPRUEBAN EL RD

Los buzos profesionales que desempeñan su trabajo en el sector acuícola han demandado desde hace años unas mejoras en sus condiciones laborales y de seguridad, debido a la alta tasa de siniestralidad que registra este colectivo.
El accidente mortal de un buzo ocurrido en diciembre de 2017, durante una faena rutinaria en una piscifactoría perteneciente al Grupo Culmarex, volvió a poner de manifiesto el deterioro de la prevención en el gremio y la necesidad de revisar la normativa de seguridad en las operaciones subacuáticas de este sector, así como la vigilancia de su cumplimiento.
Después de una revisión del convenio colectivo y de la publicación de un Real Decreto, que ha servido para actualizar una normativa vigente desde 1997, la sensación en el gremio de buceadores acuícolas es de total decepción,en gran medida porque las cuestiones de seguridad más acuciantes no se ven resueltas. Por contra, desde la patronal se valora positivamente el contenido del documento, si bien han señalado que el proceso de redacción no ha sido transparente.

ALEGACIONES AL RD

Tanto desde la Asociación de Buzos Profesionales de CCOO como desde el Subsector de Acuicultura del mismo sindicato se presentaron, ya en marzo de 2018, las primeras alegaciones de carácter técnico al borrador sobre el que se estaba trabajando en las distintas reuniones. “Ni siquiera obtuvieron una respuesta y no han sido tenidas en cuenta en la redacción final que ha sido publicada en el BOE”, según explica Fran Díaz, coordinador del Subsector de Acuicultura y miembro de la directiva de la Agrupación de Buzos de la agrupación sindical.


“Finalmente, parece que las presiones recibidas por la Dirección General de Marina Mercante, han dado sus frutos y se han materializado en una normativa plagada de ambigüedades predeterminadas que dan pie a interpretaciones en la mayoría de sus artículos. Interpretaciones que suponen un riesgo añadido para los profesionales que se tiran cada día al agua”, sostiene Díaz, quien añade que “hay artículos que parecen hechos a medida”. El representante sindical advierte de que aspectos como permitir equipos de “solo tres buzos y en autónomo” en profundidades inferiores a los ochos metros responde a demandas de entidades como los puertos deportivos, donde son muy frecuentes este tipo de trabajos.
Los buzos profesionales de la acuicultura se muestran mayoritariamente contrarios al uso del SCUBA en las explotaciones, al igual que ocurre en otros ámbitos. Los datos sobre siniestralidad que arrojan los estudios de Ivan Ciudad Valls, reconocido prevencionista ya citado en este reportaje, relacionan el uso de esta técnica con gran parte de los accidentes.
Las causas más frecuentes en los accidentes mortales de buzos son los ahogamientos, las muertes por descompresión y los atrapamientos. Según sus investigaciones, “tres de cada cuatro buzos profesionales fallecidos estaban utilizando un equipo de respiración autónomo”.
¿Qué es lo que sucede con los equipos de respiración autónomos? Lo explica bien Damián García, coordinador de la sección de buzos de CCOO: “Cuando un buzo tiene un problema, un atrapamiento por ejemplo, y pierde el conocimiento, lo primero que hace es escupir el regulador y empieza a tragar agua. El 90 por ciento de las muertes es por ahogamiento y por eso es tan importante el acuerdo alcanzado con la patronal de buceo profesional industrial en el que se prohíbe el buceo con equipos de respiración autónomos y se exige la utilización de un equipo de suministro desde superficie”.

“Esta nueva normativa supone un paso atrás para las condiciones de seguridad de los buzos acuícolas”, Benito Montalbán – Buzo acuícola y Jefe de equipo

Este Real Decreto está plagado de ambigüedades y da pie a interpretaciones que, como siempre, irán en detrimento de la seguridad de los buzos.
Seguimos buceando en autónomo, algo que se ha demostrado muy peligroso. Ninguna de las aportaciones que hemos podido hacer en las mesas de trabajo han sido escuchadas. Además, con esta nueva normativa se nos pone aún más en situaciones de riesgo, pues se permite trabajar con solo tres personas si la operación es a menos de 8 metros. No creo que se puedan hacer de forma segura con 3 personas.
Otra de las cuestiones importantes en este sector es el de las condiciones climatológicas y del mar, que inciden mucho en la seguridad de los trabajos. Este Real Decreto no recoge ninguna especificación al respecto y deja en mano de los supervisores y de los propios buzos, la decisión de llevarlas a cabo, siempre con la presión de las empresas. En la Orden Ministerial de 1997, al menos, se indicaba que no se podían realizar inmersiones con corrientes superiores a 3 nudos. Ahora ni siquiera se determina ese aspecto.
A todo esto, hay que sumarle que nuestro Convenio Colectivo no recoge ningún aspecto en materia de seguridad. Se argumentaba que un convenio no era el espacio indicado para ello. Ahora que se publica un documento que tiene que regular expresamente las normas de seguridad en el buceo, nos vemos aún en peor situación que antes.

PROPOSICIÓN NO DE LEY

Una vez que se aprobó el Real Decreto, desde el Grupo Parlamentario Republicano y basándose en las reivindicaciones hechas por el Subsector de Acuicultura de CCOO, se presentó el pasado mes de junio en el Congreso una proposición no de ley (1) que pretende “aprobar una nueva normativa con las exigencias y especificaciones concretas evitando ambigüedades con tal de establecer parámetros objetivos que garanticen la seguridad de los buzos”, así como “determinar un marco normativo que se ajuste a estándares mucho más altos en materia de seguridad”, según se recoge en la propuesta.
Entre los puntos más destacados, se hace especial hincapié en que “el equipo mínimo de personas en cualquier modalidad de buceo fuera de 5 para poder realizar una inmersión”. Igualmente, se recogen puntualizaciones sobre la falta de concrección en las condiciones climatológicas y de la mar. En este sentido, consideran que “el Real Decreto es ambiguo en este punto y no fija ni parametriza límites en relación a la velocidad del viento, temperatura del agua, corrientes o la altura de las olas. Se deja la decisión en manos del responsable de turno. Además, no se define correctamente el equipamiento y protección térmica adecuadas en función del rango de temperaturas”. El uso del autónomo, las lagunas en la planificación de las inmersiones, aspectos sobre la embarcación de apoyo y los patrones de las mismas, así como cuestiones sobre la aptitud médica de los buzos, son otros de los puntos que completan esta propuesta.

AGUAS CONTINENTALES

Como ya hemos referido en este mismo reportaje, el hecho de que la nueva normativa circunscriba su ámbito de actuación a las aguas marítimas genera un agravio para una parte de los buzos profesionales. Independientemente de si se trata de una laguna administrativa o si existe una motivación real detrás de esta sorpendente definición, lo cierto es que los profesionales que desempeñan su trabajo en aguas no marítimas quedan fuera de este Real Decreto.
Esto significa que las actividades de buceo profesional en aguas continentales (trabajos en pantanos, ríos, infraestructuras hidráulicas o centrales térmicas), “quedan sin marco regulatorio sobre seguridad y salud en el trabajo, salvo en aquellas escasas Comunidades Autónomas que han regulado esta materia”, argumentan desde el Sector del Mar de CCOO.
Recordemos que el traspaso de competencias a las Comunidades Autónomas en materia de buceo, en 1995, hace referencia de forma generalizada a la formación náutico-pesquera y de actividades subacuáticas, así como a la expedición de los títulos correspondientes.

“APROMAR se congratula de que se mantenga la opción del buceo autónomo en los viveros marinos”, Javier Ojeda, Gerente de APROMAR

Desde la Asociación Empresarial de Acuicultura de España (APROMAR) hemos recibido con sorpresa la súbita aprobación final y publicación en el BOE del nuevo Real Decreto. Los últimos contactos con la Dirección General de Marina Mercante (que depende del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) los habíamos mantenido en febrero de 2018 y desde entonces no se había tenido ninguna novedad desde el Ministerio. No es lo habitual en nuestra relación con otras administraciones y denota cierta falta de transparencia.
Reconocemos que la mayor parte de las complicaciones en la negociación de esta norma han estado originadas por la desidia procrastinadora de sucesivas administraciones públicas, dejando sin actualizar una Orden Ministerial que data de 1997, en una materia que es de primer nivel de importancia por tratarse de la seguridad y salud de los trabajadores. No se debe volver a dejar sin actualizar una norma similar durante 23 años en un ámbito con tantos avances técnicos y médicos como son las actividades subacuáticas.
El buceo que se desarrolla en las granjas de acuicultura en el mar, queda encuadrada dentro de la modalidad de buceo profesional en el nuevo documento. APROMAR se congratula de que se mantenga la opción del buceo autónomo porque es la que ofrece mayor seguridad en las condiciones de trabajo en los viveros marinos, permitiendo plena autonomía de los movimientos de los buzos entre los entramados, estachas y redes. En todo caso, las exigencias y condicionados del nuevo Real Decreto deben valorarse de una forma complementaria a la normativa de prevención de riesgos laborales más reciente que está en vigor.

ACCIONES LEGALES

Los servicios jurídicos de algunas agrupaciones sindicales estudian presentar alegaciones y recursos con el objetivo de anular el Real Decreto y conseguir una nueva redacción consensuada “con la finalidad de alcanzar unas normas de seguridad para el buceo que eliminen las ambigüedades actuales además de fortalecer las medidas de seguridad de los buceadores, independientemente de la función que realicen, la categoría que ostenten y/o el medio donde se produzca la inmersión”, según se recoge en una nota de prensa del Sector del Mar de CCOO. Desde el sindicato consideran que existe un error de forma, dado que “durante la tramitación del proyecto de RD no se informó a la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST), obligación prevista en el artículo 13 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales para todos los proyectos de disposiciones de carácter general en materia de prevención de riesgos laborales”.
Estas acciones jurídicas se complementan con campañas de sensibilización y concienciación sobre la seguridad en el buceo en los distintos canales de comunicación, así como con reuniones de trabajo con varios grupos parlamentarios.

Un buzo equipado con equipo SDS realiza tareas de mantenimiento de redes en un vivero de Panamá – Brian Skerry

UN CONVENIO QUE NO CONVENCE

La publicación del Real Decreto viene a agravar aún más las condiciones laborales de los buzos acuícolas. El V Convenio Colectivo de Acuicultura Nacional, aprobado en junio del pasado año, no satisfacía las necesidades de estos profesionales. Además de verse reducidas algunas reivindicaciones históricas en lo que se refiere a salarios o jornadas de trabajo, el documento no recogía ningún aspecto en materia de seguridad en el trabajo, dado que desde la patronal se entendía “que el convenio no era el marco adecuado para regular cuestiones de seguridad o técnicas”, remitiéndose en última instancia a la Orden Ministerial de 1997 . El nuevo RD deja a los buzos que trabajan en las explotaciones acuícolas “en una situación aún más precaria que antes”, según argumenta Germán Silvestre Fondevilla, buzo profesional y Delegado de Prevención en Bersolaz (empresa del grupo Culmarex). “Ni el convenio ni el Real Decreto han servido para mejorar nuestras condiciones de seguridad”, añade Silvestre.
Algunas de las propuestas de actualización de equipamiento que se habían estado barajando en el sector y que habían arrojado algo de esperanza, se ven aún más lejanas. En este sentido, una de las últimas aspiraciones de este colectivo respecto a la seguridad laboral, que suponía la incorporación del suministro desde superficie (SDS) a esta actividad, se ve frenada con la ratificación del uso del SCUBA como técnica permitida para buceo profesional. “Todo se quedará en buenas palabras y en las promesas de pruebas de equipos que nunca llegaron. Con esta normativa, las empresas tienen totalmente las espaldas cubiertas”, apostilla Silvestre.

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