La nueva Ley del Contrato de Buceo en Chile, un avance simbólico pero lejos de una reforma estructural

Nueva Ley del Contrato de Buceo en Chile
Por: Sebastián Herrera Kasic
Chile ha aprobado recientemente una Ley destinada a regular el contrato de buceo y actividades conexas. El anuncio generó expectativas dentro y fuera del país, pues, en teoría, representa un hito para un sector que opera en entornos hiperbáricos complejos y que sostiene industrias tan diversas como la acuicultura, la minería, la energía, los puertos y la pesca artesanal.
Sin embargo, al analizar su diseño, alcance y contenido técnico, surge una conclusión clara: La Ley es un avance simbólico, pero insuficiente para mejorar la seguridad y las condiciones laborales en el buceo profesional chileno.
La afirmación no surge de un juicio abstracto. Se basa en una mirada combinada, dada mi experiencia acumulada como ex Jefe Nacional de Buceo de la Autoridad Marítima de Chile y el trabajo actual asesorando a empresas acuícolas, portuarias y mineras a través de K-ASIC Consultorías. Esa perspectiva híbrida (pública, privada, normativa y operativa) permite comparar la realidad chilena con estándares internacionales y con prácticas emergentes en otros países latinoamericanos. Y las conclusiones invitan a un debate serio.

Un cuerpo legal que regula a quienes no concentran el riesgo real
La génesis política de esta Ley fue la preocupación por la accidentabilidad en el buceo profesional formal. Pero las cifras muestran un panorama distinto. En Chile se registran cerca de 45.000 faenas de buceo al año, con un promedio de 42 accidentes anuales. Y lo decisivo es que más del 70% de esos accidentes ocurren en el buceo artesanal informal, es decir, fuera del régimen contractual regulado y sin acceso real a los mecanismos de protección laboral. (DIRECTEMAR 2022-2025)
En Chile se registran cerca de 45.000 faenas de buceo al año, con un promedio de 42 accidentes anuales, de los cuales más del 70% ocurren en el buceo artesanal informal, que queda fuera del régimen contractual regulado y sin acceso real a los mecanismos de protección laboral
Esta proporción no solo es un dato estadístico, es también una llamada de alerta. La Ley regula al sector donde menos ocurren los accidentes, mientras ignora aquel donde están los mayores riesgos, brechas formativas y vacíos de supervisión. Una tendencia que también se observa en América Latina, donde la informalidad en actividades subacuáticas sigue siendo uno de los principales desafíos para la seguridad.
El resultado es un cuerpo legal que, si bien es necesario, no interviene en el origen del problema. En términos internacionales, sería equivalente a legislar sobre estándares para buceo comercial certificado, cuando la mayor siniestralidad proviene del buceo artesanal o de subsistencia.
Superposición normativa, una receta para la ambigüedad
Chile posee una regulación técnica de buceo que, históricamente, ha sido más completa que la de otros países de la región. El Reglamento de Buceo Profesional de su Autoridad Marítima, junto con los protocolos de otros servicios públicos, establece criterios detallados sobre dotación, supervisión, equipamiento, perfiles de inmersión y cámaras hiperbáricas.
Sin embargo, la nueva Ley incorpora conceptos técnicos dentro del Código del Trabajo, creando superposición normativa y, en algunos casos, duplicidad regulatoria. Este fenómeno se observa también en países que han intentado integrar normas hiperbáricas al derecho laboral sin una arquitectura técnica sólida. En términos prácticos, esta superposición puede producir:
- i) Criterios dispares entre fiscalizadores marítimos y laborales.
- ii) Interpretaciones distintas por parte de tribunales o asesores jurídicos.
- iii) Inseguridad operativa para empresas que trabajan en varios rubros (acuícola, portuario, energético).
Para cualquier país, pero especialmente para aquellos con geografía marítima extensa, esto no fortalece la seguridad: La debilita.

Representatividad limitada por falta de voces clave
Otro punto crítico es la parcialidad de los actores que participaron en el proceso legislativo. Si bien hubo aportes de organizaciones sindicales y asociaciones acuícolas, faltaron empresas mandantes de ámbitos portuarios, energéticos y mineros, así como empresas pequeñas de servicios de buceo comercial-industrial del centro y norte de Chile.
Este sesgo redujo la mirada técnica en la discusión y deja fuera realidades operativas muy distintas entre sí. La falta de inclusión de médicos hiperbáricos, instructores, operadores de cámaras y fiscalizadores regionales con experiencia práctica es especialmente llamativa, y contrasta con modelos internacionales donde estos expertos tienen rol protagónico en la redacción de estándares.
Si bien hubo aportes de organizaciones sindicales y asociaciones acuícolas, faltaron las opiniones de empresas directamente relacionadas con la industria del buceo comercial
Lo que la Ley no toca son dos de los ejes estructurales del buceo profesional. Pese a su extensión, la Ley no aborda los dos pilares que cualquier regulación moderna debería incluir:
- i) Jornada laboral y descansos hiperbáricos
- ii) Abordar las causas basales de la accidentabilidad
Entonces, se puede concluir que, la Ley en comento, es un paso simbólico que requiere convertirse en política pública real; ya que, ahora, es sólo un punto de partida. Si bien es positivo que el buceo profesional entre por primera vez de manera explícita al debate legislativo y que se reconozca su complejidad.
Pero no es aún una herramienta transformadora. Para avanzar, Chile, al igual que el resto de Latinoamérica, necesita armonizar lo técnico y lo laboral; profesionalizar la formación desde su base; fortalecer la supervisión especializada; incorporar a todos los rubros donde se bucea y abordar la accidentabilidad del buceo artesanal informal.
Legislar es importante. Pero transformar la cultura de seguridad bajo el agua es indispensable. El desafío ahora es construir, entre todos los actores, un marco regulatorio que realmente proteja a quienes trabajan en uno de los entornos más exigentes y desconocidos del mundo subacuático.
