Incumplimientos de la normativa de seguridad en las obras de ampliación del Dique de la Esfinge en Las Palmas
Incumplimientos de la normativa de seguridad
La falta seguridad en la industria del buceo comercial, uno de los caballos de batalla de los profesionales del sector, vuelve a saltar a la palestra a raíz del incumplimiento de las normativas vigentes que regulan la actividad en las obras de ampliación del dique de La Esfinge, en Las Palmas (España).
Según comunicó a este medio Luis Torcida, delegado sindical del Sindicato Estatal Buceo Profesional (SEB) y colaborador habitual de SubaQuatica, “tras unas semanas en marcha, aparecieron las primeras imágenes por redes sociales mostrando a buzos equipados de forma inadecuada para este tipo de trabajos”. Además, añadió, que “muchas de las fotos y los vídeos han sido subidos por la propia empresa adjudicataria”.
Responsabilidades en materia de seguridad
Pero el representante sindical y experimentado buzo denuncia, además, que dichos incumplimientos se están llevando a cabo con la permisividad de las administraciones competentes, que en este caso son la Autoridad Portuaria de Las Palmas (dependiente del organismo público Puertos del Estado y, por ende, del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible) y la Capitanía Marítima de Las Palmas.
Al tratarse de una obra de envergadura y en un espacio totalmente visible, “es sorprendente que la propia Capitanía esté desatendiendo el cumplimiento de la normativa de buceo profesional en España”, añadió Torcida.
Las competencias para hacer cumplir las normas de seguridad en esta operación pertenecen al área de seguridad e inspección marítima de la Capitanía Marítima de Las Palmas, en representación del ministerio citado anteriormente.
Imágenes y vídeo
Como se indicó anteriormente, muchos profesionales del sector denunciaron las negligencias en foros de redes sociales a raíz de la publicación de imágenes y algún vídeo que se compartían desde el perfil de la propia empresa encargada de ejecutar los trabajos.
Riesgos para el buzo
El polémico Real Decreto 550/2020, en su artículo número 29, referente a las limitaciones en el uso de equipos de respiración autónoma o SCUBA, indica, entre otros aspectos, que “no podrán realizarse las siguientes operaciones o actuaciones”:
- Operaciones de obra hidráulica, salvamento y reflotamiento. Únicamente podrá emplearse la técnica de buceo autónomo para la inspección del avance de las operaciones.
- Operaciones en obra viva de embarcaciones, artefactos flotantes o plataformas de eslora mayor de 14 metros.
- Inmersiones cercanas a zonas en la que existan aspiraciones que puedan atrapar al buceador.
- Inmersiones con riesgo de atrapamiento.
- Inmersiones en entornos en los que operen embarcaciones o maquinaria ajenas a la actividad de trabajo, o se estén llevando a cabo movimientos de carga suspendida próximos a la zona de buceo (grúas).
Según profesionales consultados por este medio, la mayoría de esos peligros para el buzo son potenciales en la obra del dique canario.