Una nueva etapa con más seguridad para los buzos profesionales

Buzos con equipo de Suministro desde Superficie. FOTO: Escuela de Buceo Profesional OCÉANOS

Más Seguridad para los Buzos Profesionales

Sumergirse cada mañana en el mar portando un equipo de unos 30 kilos de peso para realizar la inspección de un buque; reparar una tubería para el suministro de combustible a más de 30 metros de profundidad o introducirse en una embarcación hundida para su reflotamiento. Estas son algunas de las tareas que a diario afrontan los buzos profesionales en España y en otros muchos países del mundo.

El buceo profesional es una actividad peligrosa o con un riesgo especial que se cobra cada año la vida de al menos dos de sus trabajadores

Este devenir diario está permanentemente acompañado de peligros que exponen a los buceadores a diferentes situaciones de riesgo. Quedarse sin suministro de aire durante la operación, ser arrastrado con una corriente de agua, sufrir un atrapamiento o un barotrauma ocasionado por los cambios de presión, son solo algunas de ellas. Un fallo humano o un mal cálculo pueden llegar a tener un fatal desenlace para la salud o la vida de los buceadores. Desafortunadamente, los accidentes laborales en el sector son frecuentes y la tasa de siniestralidad anual va en ascenso, como veremos en algunos documentos publicados en esta revista.

Según los técnicos de prevención de riesgos laborales, el buceo profesional es una actividad peligrosa o con un riesgo especial por sus características, que se cobra cada año la vida de al menos dos trabajadores en España. Extremar las condiciones de seguridad a través de mejoras en la Normativa que regula las actividades subacuáticas ha sido el principal caballo de batalla de los sindicatos y la patronal en los últimos años. Tras años de lucha para resolver esta problemática y ser reconocido además como un colectivo independiente, el buceo profesional inicia una nueva etapa gracias a la firma de un documento de trascendental importancia.

 

UN DOCUMENTO VITAL PARA EL SECTOR

El día 2 de noviembre marca un hito importante en el desarrollo del buceo comercial e industrial en España. Se trata de la fecha límite para la entrada en vigor del acuerdo de Modificación del Artículo 12 del II Convenio Colectivo de Buceo Profesional y Medios Hiperbáricos (II CCBP) y del acuerdo sobre Normas de Seguridad en Actividades Subacuáticas. Este documento es la culminación de años de lucha en el sector, para poder regirse por una normativa ajustada a su propia realidad de trabajo y constituirse como un colectivo laboral independiente de sectores como la construcción o el metal, que durante años ha englobado pero no regulado las condiciones profesionales de los buceadores. En la Comisión Negociadora para la firma del acuerdo han participado representantes del Sindicato de Actividades Marítimas de España (SAME), UGT, CC.OO y de la Asociación Nacional de Empresas de Buceo Profesional (ANEBP); en definitiva, una delegación ampliamente representativa del gremio.

El principal objetivo del convenio es preservar la seguridad y salud de los trabajadores. La Normativa tiene ambigüedades y vacios que solucionamos con la firma de los convenios.

El principal objetivo para la firma de este documento ha sido “la preservación de la seguridad y salud de los trabajadores”, explica el vocal de Seguridad del SAME, Luis Torcida. “Nuestro trabajo tiene unos riesgos muy específicos y una peligrosidad contrastada que la Normativa vigente no refleja como entendemos que debería hacerlo, a fin de preservar nuestros intereses y nuestras vidas. Es cierto que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995 (Ley de PRL/1995) menciona esta peligrosidad, sin embargo, la prevención de riesgos laborales en este sector apenas está desarrollada en comparación con otras actividades”, argumenta Torcida.

Por otra parte, “la Orden del Ministerio de Fomento de 14 de Octubre de 1997 (OM/1997), por la que se regulan las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas, ha quedado desfasada por el paso del tiempo y la evolución de nuevas técnicas para nuestra actividad. En los últimos 20 años no ha sido renovada por la Dirección General de la Marina Mercante y ya no cumple con los estándares mínimos de seguridad establecidos por otros países de referencia en la actividad del buceo industrial y comercial. La firma de este nuevo documento pretende solucionar esta problemática”, explica el representante del SAME.

Luis Torcida, buzo profesional
Luis Torcida, buzo profesional y vocal de Seguridad de SAME

Aproximadamente 600 buzos profesionales en activo en España están afectados por el II Convenio Colectivo, según datos del sindicato. Se trata de un sector minoritario en el que se agrupan menos de un centenar de empresas, pero de las que dependen cuestiones tan elementales como el suministro de combustible hasta las refinerías a través tuberías submarinas. Esta condición de minoría dentro del escenario nacional ha sido, quizás, “uno de los principales obstáculos a superar en los últimos años” en la relación del sector con las Administraciones”, explica Javier Ferrán, presidente de ANEBP.

“La Normativa vigente que ordena nuestra actividad está llena de ambigüedades y vacíos legales, que en numerosas reuniones hemos transmitido a las Administraciones. En este sentido no hemos tenido grandes resultados y siempre han hecho caso omiso de nuestras recomendaciones, quizás porque somos un sector minoritario y damos mucho trabajo. Es decir, la Administración no cuenta con personal especializado en nuestra actividad profesional y por tanto desconoce las particularidades del sector. En estos casos, Marina Mercante se ha apoyado en los cuerpos especiales de buceo del Ejército español, pero consideramos que es insuficiente. A pesar de la experiencia de los militares en este campo, nuestras operaciones bajo el mar son muy diferentes a las que ellos llevan a cabo”, asegura Ferrán.

Javier Ferrán habla de la guía basica de contratación de empresas de buceo profesional
Javier Ferrán, presidente de ANEBP.

Afortunadamente, el sector ha encontrado en la firma de los convenios colectivos una solución a sus demandas y a su propia situación. Los convenios son documentos publicados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social que, en materia de seguridad, se apoya en la Ley de PRL de 1995 y tienen mayor rango administrativo que las órdenes ministeriales y, por tanto, sus disposiciones prevalecen sobre éstas. Es así como el sector ha ido mejorando la normativa vigente: en 2009 con la firma del I Convenio Colectivo y en 2012 con el II Convenio Colectivo, que se refuerza ahora con la modificación del artículo 12 y la inclusión de las Normas de Seguridad para Actividades Subacuáticas. “Esta mejora en el convenio cierra diferentes debates en el entorno del buceo profesional, acerca de las condiciones de trabajo para los operarios del gremio y pretende acabar con las ambigüedades que se desprenden del uso de otros documentos administrativos, como es el caso de la Orden Ministerial del 1997 (OM del 97) frente a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales del 95”, explican los colectivos representados en la Comisión.

Continúa leyendo este reportaje en el Número de Noviembre de SubaQuatica Magazine (página 8 a 10)

 

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